sábado, 25 de abril de 2020

NORMATIVIDAD EN SEGURIDAD - PARTE 3

 Willi Efrey Aldana S.

Msc-Esp Derecho Penal, Investigación Criminal, Criminalística, 
Ciencias Penales, Forenses, Criminología y Victimología
Representación - Asesoría - Consultoría 
Docente Conferencista



































Texto extraído de Actividad Académica Ejercicio Docente. Especialización en Seguridad Integral. Escuela de Posgrados. Policía Nacional de Colombia. Bogotá D.C. 2014. (Bibliografía y Referencias se mantienen en el documento original) Magister Willi Efrey Aldana S., (candidato a Doctor en Ciencias Forenses)

Soporte Técnico: Fausto Robles

1 comentario:

  1. Los servicios públicos son la razón de ser del Estado Social de Derecho, siendo un deber del mismo abogar para que todos puedan recibir este servicio, como policías el cumplimiento de las leyes tiene un gran peso, como lo es también la vigilancia, siendo un deber fundamental para el quehacer policial, la prevención y control de futuros delitos.
    De igual forma, la prevención de los delitos es fundamental para evitar futuros ataques, en este caso, de las personas implicadas en un caso, donde hacen las veces de testigos o víctimas. Debemos asegurar la protección y la tranquilidad de la ciudadanía, todo siguiendo las leyes que cobijan a las víctimas y testigos que se encuentran contenidas en la Carta Magna.

    -Pt Jorge Álvaro Agudelo Gallego
    Sección 10
    Compañía: Rafael Núñez Moledo

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